CULTURA
TRIBUTARIA
La ciudadanía no implica solamente
un conjunto de derechos, sino también el compromiso de cooperar con el país. En
este tema, comprenderás la importancia de ser responsable con el pago de los
tributos.
Para que el Estado ejerza sus
funciones y garantice las actividades de los ciudadanos, es necesario que tenga
recursos económicos. Dichos recursos provienen de los tributos que las personas
y empresas pagan al Estado. El tributo que le corresponde a cada cual se
establece de acuerdo con su riqueza, pues esta varía.
La capacidad económica o de pago se
puede determinar de diversas formas:
• Los ingresos o rentas. Constituyen la
fuente permanente de ingresos para un ciudadano o una empresa: arrendamiento de
bienes muebles o inmuebles, ganancias de préstamos, comercio, trabajo
asalariado, ejercicio profesional, etc.
• El consumo. Es el valor de todas las
compras de bienes y servicios que realizan las familias, las empresas, las
sociedades sin fines de lucro y el Estado.
• El patrimonio. Son los bienes y
derechos que son de propiedad de un sujeto.
¿QUÉ ES LA SUNAT?
La SUNAT es una Institución Pública
descentralizada del Sector Economía y Finanzas, creada por Ley No. 24829, y
conforme a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo No.501, dotada de personería
jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía administrativa,
funcional, técnica y financiera. Cabe señalar que en virtud a lo dispuesto por
el Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al amparo de lo establecido en el
numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, se dispuso que ADUANAS se
fusione por absorción con la SUNAT, otorgándose a esta última la calidad de
entidad incorporante.
ADUANAS Y SUNAT, ahora son una sola
institución bajo el nombre de SUNAT.
¿Cuál
es la finalidad de la SUNAT?
La Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad
de administración tributaria y aduanera, tiene por finalidad: Administrar,
fiscalizar y recaudar los tributos internos del Gobierno Nacional, con
excepción de los municipales, y desarrollar las mismas funciones respecto de
las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de
Normalización Previsional (ONP).
Obligaciones de los contribuyentes sin
negocio
A la Sunat
El único tributo que los
contribuyentes sin negocios o empresas pagan a la Sunat es el impuesto a la
renta. Este impuesto se clasifica en cinco categorías, de las cuales solo
cuatro les corresponde cumplir a estos contribuyentes:
• Primera categoría. Rentas producidas
por el arrendamiento y cesión de bienes muebles (máquinas, autos, etc.) e
inmuebles (edificios, casas, etc.).
• Segunda categoría. Rentas de otros
capitales: inversiones (intereses y ganancias de capital), patentes, regalías,
etc.
• Cuarta categoría. Rentas del trabajo
independiente proveniente del ejercicio de una profesión (abogados, médicos,
ingenieros, etc.), ciencia (investigadores), arte (pintores, músicos,
escultores, etc.) y oficio (albañiles, carpinteros, mecánicos, etc.).
• Quinta categoría. Rentas del trabajo en
relación de dependencia, es decir, los sueldos y salarios.
El impuesto de tercera categoría
solo le corresponde a los contribuyentes con negocios.
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